Cuando la Inspección de Trabajo se excede (y cómo defendimos los derechos de nuestro cliente)

NUESTROS CASOS DE ÉXITO

Raúl Martínez Pomares

5/14/20252 min read

brown wooden chess piece on brown book
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Imagine la escena: la Inspección de Trabajo se persona en su empresa. Documentación, preguntas, esa sensación de estar bajo un escrutinio minucioso. Y de repente, la notificación: un acta de liquidación por supuestas diferencias en las cotizaciones de sus trabajadores. Una situación complicada. Y de envergadura.

Le comunican que adeuda una cantidad importante por horas extraordinarias presuntamente no cotizadas, pero la situación presenta ciertas irregularidades desde el inicio. El acta es una relación de acusaciones genéricas, sin concretar ni cuándo ni cómo se habrían producido las supuestas infracciones. Se mencionan "diferencias", pero sin especificar en qué nómina, en qué mes, o a qué trabajador exacto se refieren. Una clara incitación a "pagar y no recurrir", pero sin facilitar las herramientas necesarias para comprender la acusación.

¿Le resulta familiar? A nuestro cliente, sí. Y la sensación de indefensión era manifiesta. Porque, seamos serios, ¿cómo puede uno defenderse de algo que no conoce con exactitud? Es comparable a ser acusado de exceso de velocidad sin que se indique la carretera, la hora, o la velocidad registrada. Una situación manifiestamente irregular.

Aquí es donde nuestra intervención fue clave.

Asumimos la defensa y procedimos a desvirtuar los argumentos de la Inspección, que se asemejaban más a un castillo de naipes que a una base sólida. Nuestro argumento principal fue claro y directo: el acta adolecía de una notable falta de precisión. Constituía una "mera hipótesis y cálculo aproximado", como posteriormente reconocería el propio Juzgado. Un calificativo contundente.

Subrayamos que no es admisible emitir actas que carezcan del rigor y la fundamentación debida, especialmente cuando conllevan consecuencias económicas. Cualquier imputación, máxime si implica una obligación económica, debe ser expuesta con total claridad. Es imperativo detallar los hechos, los periodos, las bases de cálculo; en definitiva, aportar un fundamento sólido.

¿El resultado? El Juzgado nos dio la razón. Sentencia favorable. Acta de liquidación ANULADA.

Porque los principios de legalidad, tipicidad y seguridad jurídica son pilares fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico. Y en este caso, fueron determinantes para demostrar que nuestro cliente no debía asumir una obligación derivada de una acusación carente de sustento.

Lecciones de este caso (y de este éxito):

  1. No se deje intimidar: una actuación inspectora no implica que la Administración ostente la razón de forma automática.

  2. Exija claridad: las actas deben ser precisas. Si algún punto no resulta comprensible o parece genérico, tiene derecho a solicitar las aclaraciones y detalles pertinentes.

  3. Una defensa técnica adecuada es crucial: con los argumentos correctos y un sólido conocimiento legal, es posible revertir situaciones que inicialmente parecen desfavorables.

Este caso no es solo una victoria para nuestro cliente, sino también un recordatorio de que la Administración está sujeta al cumplimiento de sus obligaciones procedimentales. Y si no las cumple, es necesario ejercer los mecanismos de defensa oportunos.

Si alguna vez se encuentra en una situación similar, donde perciba que sus derechos pueden estar siendo vulnerados por actuaciones carentes de fundamento sólido, no dude en consultarnos. En ocasiones, la estrategia de defensa más efectiva no reside en la confrontación directa, sino en la exigencia rigurosa del cumplimiento de los procedimientos y la correcta fundamentación de los actos administrativos. Y para esa labor, puede contar con nuestra experiencia y dedicación: para clarificar las situaciones y defender sus legítimos intereses.